-
Formula Denuncia.
-
-
Sra. Fiscal de Instrucción:
Héctor Horacio Armani, DNI 12.423.753 argentino, mayor
de edad, casado, instruido, con domicilio real en calle
Los Corales s/n de la localidad de Los Cocos, Prov. de
Córdoba, ante la Sra. Fiscal de Instrucción comparezco y
respetuosamente digo:
-
-
I, Personería:
-
Que soy
Intendente Municipal de la localidad de Los Cocos, Dpto.
Punilla, Prov. de Córdoba, con domicilio real en Paseo
Eva Perón s/n de la localidad de Los Cocos. Acredito tal
carácter con fotocopia compulsada de Acta de
Proclamación, constituyendo domicilio a los efectos
procesales en cale San Martín 1° Piso Of. 19 de la
ciudad de Cosquín.
-
-
II, Objeto:
-
Que por la
representación que detento, vengo a formular denuncia en
conocimiento de esta autoridad en contra de: Cristian
Javier Resille Reyes, DNI 21.677.63 con domicilio en
cale Las Rosas s/n de la localidad de Los Cocos, Prov.
de Córdoba, a mérito de los siguientes hechos acaecidos
en la Municipalidad de Los Cocos y en perjuicio de la
misma y que Infra paso a exponer a fin de que su
autoridad determine si son susceptibles de encuadrar en
los tipos delictivos previstos en el C.P.A. y a los
fines de obtener tutela jurisdiccional atento
encontrarse afectados los intereses de toda la
comunidad.
-
-
III, Antecedentes:
- Que
desempeño el cargo de Intendente Municipal de Los Cocos
desde el día 12 de diciembre del año 2007 y desde esa
misma fecha se desempeña como Secretario de Gobierno el
Sr. Raúl Max Quiroga, quien fuera acervo municipal;
libramiento de cheque de pago diferido N° 52398162 por
$2.675 a la orden de Dipas y/o Municipalidad de Los
Cocos de fecha 2 de noviembre de 2005, figurando a la
vez el mismo choque ingresado a la caja de transferencia
de autoridades (7/12/07).
Faltante de Caja al día 7/12/07; de $67.331,82, conforme
surge de declaraciones de las encargadas del área.
Que se han detectado decretos firmados únicamente por el
Sr. Ex-Intendente Cristian Javier Resille Reyes,
omitiéndose la firma referendante de Secretario,
legalmente obligatoria por mandato del art. 47 de la ley
8102. Estos decretos son de diversa naturaleza, pero a
mi modesto parecer considero particularmente delicados
los concernientes a compensación de partidas.
-
-
Presunta Comisión de Delito. Solicita Urgente Cese de
sus efectos.
- Formulo la
presente denuncia en la convicción de que la
Municipalidad y la comunidad de Los Cocos en función de
los hechos denunciados es víctima de figura encuadrada
en el Código Penal Argentino, formulando desde ya
reservas de instar su participación - en su caso - del
respectivo proceso como querellante particular en los
términos de los arts. 91 y ccs del CPP.
Por otra parte, el suscripto y los funcionarios que
están a cargo de la actual administración - secretarios,
asesores, etc. - dirigimos nuestro accionar a través de
esta presentación, y sin descartar la posibilidad de
efectuar otras denuncias, a deslindar la responsabilidad
que nos cabe en términos de los arts. 108, 109 y 110 de
la Ley 8102.
Que en forma urgente y perentoria solicito se provean
medidas que hagan cesar los efectos de la probable
comisión de delitos administrativos destinados a
determinar con certeza la existencia de administración
ruinosa o fraudulenta atribuible a la anterior gestión a
cargo del hoy denunciado Sr. Cristian Javier Resille
Reyes, en función de los antecedentes del caso y la
documentación que se adjunta, a los ue me remito
brevitatis causae, y demás medidas y diligencias
destinadas a hacer cesar los efectos del delito conforme
lo prevé el CPP de la Provincia de Córdoba.
-
-
VI, Documental:
- Adjunto en
originales y fotocopias a fin de que previa compulsa me
sean restituidos los originales y agregadas las
fotocopias, la siguiente documentación:
- 1)
Acta de Proclamación de Autoridades electas septiembre
2007
- 2)
Decretos de Designación Secretario de Gobierno y
Secretario de Hacienda.
- 3)
Anexos (hay que agregar todos, fotocopiar íntegramente
el Acta de Transferencia y hacerla certificar por la
Jueza de Paz).
- 4)
Investigación administrativa integrada por declaraciones
testimoniales, documentación contable, crtas documentos,
documentación de juicios por cobro de cheques librados
sin fondos, copias de decretos irregulares, etc, toda
documentación que consta agrupada y foliada en la
cantidad de Cuatrocientos Sesenta y Uno (461) fs útiles.
-
-
PETITUM:
- Por todo
lo expuesto, a la Sra. Fiscal PIDO:
- 1)
Me tenga por presentado en el carácter invocado.
- 2)
Por formulada denuncia.
- 3)
Por acompañada documentación administrativa-contable en
cantidad de 461 fs útiles.
- 4)
Imprima la presente URGENTE TRÁMITE.
Proveer en Conformidad por
Ser Justicia.
|